| Por medio de la resolución 1834/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, se dispuso que ARCA deberá instrumentar “los mecanismos tendientes a posibilitar que en las solicitudes de devolución o pedidos de pago, según corresponda, los saldos a favor de libre disponibilidad de impuestos nacionales vinculados a operaciones de comercio exterior y los importes de reintegro a la exportación, acumulados al 31 de octubre de 2025 inclusive, de los contribuyentes o responsables, sean expresados –en la medida en que dichos sujetos opten por ello hasta el 1 de marzo de 2026 inclusive– en dólares estadounidenses al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina correspondiente al día de entrada en vigencia de la presente medida”.
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