Resolución 191/2020 - ARTÍCULO 1°. - Modifíquese el Artículo 1 de la Resolución 76 de fecha 16 de julio de 2020, por el siguiente: “Se establece que las vistas, traslados, emplazamientos y notificaciones, dictadas en la etapa preliminar o en la instancia de fondo, así como todo acto interlocutorio, como asimismo los que resuelvan un recurso, y todo acto administrativo final, dictados durante el curso de la sustanciación de los procedimientos en trámite por ante la Administración Nacional de Patentes, serán notificados mediante el envío de un aviso por el sistema de notificación electrónica al domicilio legal electrónico constituido en el Portal de Trámites del INPI, a fin de que los interesados puedan tomar conocimiento del contenido de los mismos. En todos los casos, el cómputo de los plazos comenzará a correr a partir de los treinta (30) días corridos contados desde la publicación del listado de los números de las Actas en el Boletín de Notificaciones de Patentes, el cual será emitido con posterioridad, al menos dos ediciones mensuales, y puesto a disposición de público en la página web del organismo”.
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