Disposición 1/2022 - ARTÍCULO 1°.- El cumplimiento de los compromisos de descarga, procesamiento en tierra y tripulación argentina asumidos por las empresas armadoras en sus proyectos pesqueros para la explotación de la especie Calamar (Illex Argentinus), aprobados por la autoridad administrativa competente, deberán ser acreditados por la firma permisionaria titular del proyecto, mediante datos probatorios y documentación fehaciente, ante la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) a través del siguiente link de acceso: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5634, o el que en un futuro lo reemplace.
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