Ayer entró en vigor el Reglamento pionero de la UE sobre cadenas de suministro libres de deforestación . Una vez que se aplique, se garantizará que un conjunto de bienes clave exportados o colocados en el mercado de la UE estén libres de deforestación y, por lo tanto, ya no contribuirán a la deforestación y la degradación forestal en la UE y en otras partes del mundo. Las empresas deberán confirmar que el producto se ha producido en tierras que no han sido objeto de deforestación o degradación forestal, incluidos los bosques primarios, después del 31 de diciembre de 2020. Si bien, no se prohibirá ningún país o producto, todas las empresas relevantes deberán llevar a cabo una estricta diligencia si exportan o comercializan en el mercado de la UE aceite de palma, ganado, soja, café, cacao, madera y caucho, así como productos derivados como la carne de vacuno, muebles o chocolate enumerados en el anexo del Reglamento a partir de la entrada en vigor de las nuevas normas en 18 meses. La lista de productos básicos que están cubiertos se revisará y actualizará periódicamente, teniendo en cuenta nuevos datos, como los cambios en los patrones de deforestación.
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