Resolución 18/2022 - RTICULO 1º: Autorícese la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera solicitada por el “ENTE ADMINISTRADOR PUERTO RECONQUISTA”, CUIT N° 30-67440201-1, en los Muelles 4 y 5 de la Terminal “A” del Puerto RECONQUISTA, ubicado la altura del km 950 del río PARANÁ, sobre la margen derecha del Riacho SAN JERÓNIMO, de la Ciudad de RECONQUISTA, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana homónima, para recibir barcazas afectadas a la carga y descarga de graneles (aceite vegetal, granos, oleaginosas, entre otras) de conformidad y con los condicionamientos establecidos en la NO-2021-110803062-APN-SSPVNYMM#MTR de fecha 15 de noviembre de 2021.
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