Para entender de qué se trata, lo más conveniente es recurrir a un ejemplo. Viajemos seis meses atrás, al 7 de enero de 2022, cuando el valor FOB oficial de la harina de soja, fijado por el Ministerio de Agricultura, era de 458 u$s/tonelada para embarques posteriores al mes de abril de 2022. Entonces supongamos que una industria oleaginosa registra un embarque de harina de soja para el mes de julio de 2022 y, tal como lo dispone la normativa vigente, abona el 90% del derecho de exportación del 33% del valor FOB de la operación por adelantado, mientras que el 10% restante tiene que pagarlo al momento del embarque. A diferencia de otras intervenciones realizadas en el mercado agrícola, la planteada por Parrilli es por demás dañina porque introduce un factor de incertidumbre enorme al momento de que las empresas exportadoras de poroto, harina y aceite de soja deban planificar compras del grano.
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