| Decreto 487/2020 - Decreto 329/2020. Prohibición despidos. Prórroga. ARTÍCULO 1°.- El presente decreto se dicta en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley N° 27.541, la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio y el Decreto N° 297/20 que estableció la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, que fuera prorrogado por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20 y 459/2020, hasta el 24 de mayo inclusive. ARTÍCULO 2°.- Prorrógase la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 329/20.
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