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13/04/2020
Guía para entender los impuestos prorrogados por la cuarentena y cuándo y cómo habrá que pagarlos
INFOBAE - Por David Cayón - La AFIP, ARBA y la AGIP extendieron los vencimientos de Inmobiliario, Patente y hasta Contribuciones patronales frente a la posibilidad de que millones de contribuyentes cayeran en atrasos por la difícil coyuntura

Algo que generalmente no genera la mayor de las alegrías este año podría convertirse en mucho más que eso y significar un alivio que puede llevar a evitar la quiebra a las pymes y mal momento a algunas familias. Durante finales de marzo y abril buena parte de los argentinos se prepara para realizar sus presentaciones juradas de impuestos frente a los organismos de recaudación que se suman a los vencimientos habituales de patentes, inmobiliario, IVA, que deben afrontar todos los meses.

Sin embargo, el aislamiento preventivo que se impuso desde el pasado 20 de marzo hizo que los ingresos de miles de ciudadanos independientes y de empresas se vieran erosionados por la caída de la facturación de venta de bienes y servicios. De ahí que la gran mayoría de los entes recaudadores en todo el país decidieran lanzar prórrogas de las fechas de pagos y hasta rebajas impositivas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió la Feria Fiscal y amplió hasta el 30 de abril el plazo para presentar la DDJJ de Ganancias, lo que significa que se prorrogó la fecha para el cómputo de los plazos vigentes en distintos procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización.

 

En marzo pasado se suspendió las exclusiones y las bajas del Monotributo, medida que alcanzó a 3,6 millones de contribuyentes.

Asimismo, el organismo postergó hasta el 30 de junio la fecha del primer corte para ingresar a la Moratoria impositiva 2020.

Con esta medida organismo extendió dos meses el periodo previsto para la “adhesión temprana” al plan de regularización. Ahora, los nuevos plazos de adhesión disponibles para pymes, monotributistas, autónomos y las entidades civiles sin fines de lucro como cooperativas, consorcios de propietarios, obras sociales, universidades públicas y clubes de barrio. En todos los planes, el primer vencimiento será el 16 de julio.

En lo que se refiera las empresas, la AFIP prorrogó por dos meses el pago de las contribuciones patronales que vencían en abril. La medida alcanza al 56% de las empresas argentinas, que emplean a más de 3,5 millones de trabajadores.

El beneficio está disponible para aquellas firmas incluidas en el listado de actividades definido por la Jefatura de Gabinete de Ministros en el marco del Programa de Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP).

El único requisito para acceder a esta prórroga que deberán cumplir quienes se encuentren comprendidos en ese listado de actividades será el de haberse registrado en el sitio web del ente recaudador.

 El único requisito para acceder a esta prórroga que deberán cumplir quienes se encuentren comprendidos en ese listado de actividades será el de haberse registrado en el sitio web del ente recaudador

Las empresas podrán inscribirse en el ATP a través del servicio web habilitado por el organismo hasta el 15 de abril.

Con respecto a los embargos, la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont estableció una nueva prórroga la suspensión de embargos a pymes, en el marco del avance del coronavirus, hasta el 30 de abril próximo.

Entre las últimas medidas que tomó la AFIP durante la cuarentena se encuentra la extención del Plan Permanente de Facilidades de Pago, en donde se estableció la extensión de la vigencia del régimen permanente hasta el 30 de junio, cuando originalmente vencía el 31 de marzo.

Otro trámite al que también se le extendió el plazo fue la presentación web del formulario 572 Deducciones del Impuesto a las Ganancias, la operación que permite a aquellos en relación de dependencia informar los conceptos a deducir, las percepciones que le practicaron; y otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo. La operación que había que presentar antes del 30 de marzo ahora se extendió y habrá plazo hasta el 30 de abril.

Las medidas de la AFIP son para todos los contribuyentes del país, pero acompañando este modelo también se sumaron la provincia y a Ciudad de Buenos Aires.

Facilidades en la provincia de Buenos Aires

En el caso del distrito gobernado por Axel Kicillof también tomó medidas. Luego de un comienzo de año se vio uno de los primeros cruces entre oficialismo y oposición por los impuestos en la provincia, el escenario cambió y hoy las decisiones apuntan también a las prórroga.

Por el lado del Inmobiliario Urbano y Rural se prorrogó su vencimiento beneficiando a 3,2 millones de hogares.

Kicillof también dispuso prorrogar por dos meses los pagos de Ingresos Brutos, lo que significó una medida con impacto en 250.000 pymes, miecroempresas y autónomos.

Y, al igual que la Nación, suspendieron los embargo e inhibiciones por dos meses.

Estas medidas “representan un esfuerzo fiscal de $1.350 millones”, explicaron desde la provincia.

El director de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, Cristian Girard, le dijo a Infobae que las medidas fueron tomadas “con el objetivo de aliviar la situación de los contribuyentes ante las dificultades provocadas por la pandemia COVID-19, por eso suspendimos los embargos a deudores, brindamos facilidades de pago y postergamos vencimientos de Ingresos Brutos, Inmobiliario Urbano y Rural, ampliando la posibilidad de acceder a los descuentos por cumplir en término”.

La Ciudad

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires también prorrogó impuestos para acompañar a sus vecinos en medio de la pandemia. Desde la Administración General de Ingresos Públicos (AGIP) explicaron a Infobae que todas “prórrogas definidas para estas medidas podrán ir reprogramándose en función de la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno nacional”.

La ultima medida tomada por la administración porteña fue la prórroga de vencimientos de ABL y Patente hasta el día 17 de abril de 2020, el plazo para el pago de la Cuota Nº 4/2020 del Impuesto Inmobiliario/ABL, cuyos vencimientos originales operan los días 7 y 14 de abril, y hasta el mismo día el plazo para el pago de la Cuota Nº 2/2020 del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General, cuyos vencimientos originales operan los días 8 y 15 de abril de 2020.

También se extendieron los plazos para la presentación de la DDJJ y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para Contribuyentes Locales

En el caso de la Declaración Jurada y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplica para todos los contribuyentes locales correspondiente a marzo del corriente año, cuyos vencimientos estaban fijados para mediados de abril. Los nuevos vencimientos serán del 27 de abril al 4 de mayo, según terminación del número de CUIT.

 

Los nuevos vencimientos serán del 27 de abril al 4 de mayo, según terminación del número de CUIT

“Esta medida pretende llevarles un alivio ante los efectos generados por la Emergencia Sanitaria actual considerando las especiales características económicas de los 116.000 contribuyentes comprendidos bajo este régimen, en su mayoría PYMES, pequeños comercios y prestadores de servicios, entre otros”, explicaron desde la administración porteña.

Al igual que la AFIP, la AGIP estableció una Feria Fiscal excepcional donde no se computarán para los pasos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos inicialmente en el período previsto entre los días 1º y 13 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.

Por otro lado también se dipuso el aplazamiento hasta el día 31 de mayo de 2020 el plazo para el pago de las liquidaciones por diferencias de avalúo y de los planes de facilidades de pago por este concepto, cuyos vencimientos originales eran durante marzo y abril de 2020.

Otros beneficios

La Ciudad resolvió que sean susceptibles de regularización las obligaciones en mora con vencimiento anterior al 1° de marzo de 2020, así como las deudas originadas en caducidades de planes de facilidades anteriores a la fecha indicada.

Se establece hasta el 31 de mayo del 2020 una condonación total de interés por pago al contado en una sola cuota y en caso de que se opte por el plan de hasta 12 cuotas, condonación del 50% de los intereses resarcitorios y condonación del 100% de los intereses por financiación.

Los planes de pago de modo presencial se dilatan hasta el día 15 de abril de 2020, el plazo para el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya cancelación sólo se efectúa de modo presencial, operando los vencimientos originales en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 14 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.

También se tomaron medidas para Agentes de Recaudación Publicidad y Sellos Escribanos Públicos. Para este sector se dispuso retrasar hasta el día 17 de abril el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas retenidas por los Escribanos Públicos del Impuesto de Sellos así como el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas retenidas por los Agentes de Retención de la Contribución por Publicidad, ambos correspondientes a marzo de 2020, con vencimiento original el 10 de abril de 2020.

 Se dispuso retrasar hasta el día 17 de abril el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas retenidas por los Escribanos Públicos del Impuesto de Sellos

Por último, la AGIP estableció extender hasta el 27 de abril el plazo para Encargados del RNPA y de Créditos Prendarios para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas recaudadas por estos entes en su carácter de agentes de recaudación del Impuesto de Sellos, correspondientes al período marzo de 2020 y cuyo vencimiento original era el pasado 10 de abril.

 



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