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10/12/2024 | Valor Soja
El gobierno dio por finalizado el régimen de emergencia territorial indígena
El gobierno dio por finalizado el régimen de emergencia territorial indígena que facilitó la usurpación de campos durante casi dos décadas

 

El gobierno nacional dio por finalizada la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras de comunidades indígenas originarias que en los últimos años facilitó la usurpación de campos en diferentes regiones argentinas.

La ley original fue sancionada a fines del año 2006 por un plazo de vigencia de cuatro años, pero luego fue prorrogada en tres oportunidades (2009, 2013 y 2017). En 2021, ante la imposibilidad de que la norma se validada nuevamente en el Congreso, el gobierno de Alberto Fernández la extendió por medio de un decreto hasta noviembre de 2025.

Este martes, la administración de Javier Milei, por medio de otro decreto (1083/2024), procedió a dar de baja esa extensión al entender que la prórroga indefinida de la misma “ha generado inseguridad jurídica y una grave afectación al derecho de propiedad de los legítimos dueños, o los derechos de sus arrendatarios o poseedores, en contradicción con el artículo 17 de la Constitución nacional, así como al derecho de dominio sobre los recursos naturales en favor de las provincias, reconocido en el artículo 124 de la CN”.

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Luego de 18 años, el decreto 1083 eliminó la emergencia indígena porque la misma “impide el libre ejercicio de las actividades productivas y recreativas sobre las tierras involucradas, así como también limita el derecho a la disposición de dichos bienes”.

“La Ley N° 26.160 y la prórroga excesiva de la emergencia ha dado lugar a una larga serie de acciones que, en connivencia con grupos amparados circunstancialmente bajo normativa aplicable a pueblos indígenas, avasallaron los derechos de la ciudadanía y agraviaron las prerrogativas soberanas del Estado”, señala el texto del decreto.

Además, las sucesivas prórrogas promovieron el incremento descomunal de inscripciones de supuestos grupos originarios “sin cumplir las mínimas condiciones para que los peticionantes sean reconocidos como comunidades indígenas autóctonas”.

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En los fundamentos del decreto se sostiene que “se ha hecho un uso abusivo, subjetivo y discrecional del reconocimiento previsto por la ley en cuestión por parte de las comunidades indígenas, las cuales en muchos casos se fragmentan tornando inoficioso el objetivo para el cual fue inicialmente prevista la declaración de emergencia”.

Tal es así que a la fecha se registraron oficialmente 1626 comunidades indígenas, una cifra que no se corresponde –ni por lejos– con los hechos históricos.

“El conflicto por la toma y usurpación de tierras, en muchos casos ejerciendo violencia, bajo el amparo de la Ley N° 26.160 y sus respectivas prórrogas, ha llevado a que se vean amenazados o restringidos los derechos de los ciudadanos legitimados con respecto a la titularidad de la tierra y a la libre circulación, se han bloqueado el desarrollo de inversiones y las obras de infraestructura para el desarrollo de servicios públicos, e inclusive se ha vulnerado el derecho a la tierra de familias que pertenecen a los mismos pueblos originarios”, explica el decreto.

Existen a  la fecha 254 conflictos territoriales judicializados que no tienen resolución debido a la protección conferida hasta ayer por la emergencia indígena.

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“Cada día que transcurre, la suspensión de desalojos contemplada por la Ley N° 26.160 se traduce no sólo en una afectación al derecho de propiedad, sino también, en muchos casos, en mantener un desahucio de los legítimos propietarios con afectación a su derecho a la vivienda. Esto así, en tanto que, habiendo sido desplazados, se han visto obligados a morar en condiciones precarias”, remarca el decreto 1083.

La medida, que rige a partir de este martes, se toma con el propósito de intentar “dar respuesta urgente a los afectados por la inusitada extensión de la emergencia y garantizar el pleno ejercicio del derecho constitucional citado, además de poner fin a una situación que coloca en peligro a la soberanía nacional”, además de “esperar que dicha finalización de este estado de anormalidad contribuya a la pacificación de los conflictos latentes o activos”.

Con el nuevo orden vigente, los legítimos propietarios o poseedores que en muchos casos han sido desplazados durante 18 años sin derecho a reclamar ante la justicia, podrán ahora solicitar desalojos para poder recuperar su patrimonio.

En octubre pasado el gobierno, a partir de una resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), había decidido interrumpir un por demás extendido proceso para elaborar un mapa nacional de comunidades indígenas y procedió a suspender todos los trámites de reconocimiento pendientes.

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