Resolución 21/2025 - Encomiéndase transitoriamente al Interventor de la Administración General de Puertos Sociedad Anónima Unipersonal (AGP S.A.U.), el despacho de los asuntos indispensables, para asegurar la continuidad de la gestión en lo que atañe a la administración de bienes, recursos, derechos y obligaciones a transferir, así como lo relativo al cumplimiento y seguimiento de los contratos en curso de ejecución, de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), ente autárquico actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, hasta que esta se encuentre totalmente operativa, debiendo contar a tales efectos con su conformidad expresa o aprobación, según corresponda, de acuerdo con las competencias establecidas el artículo 4° del decreto 3 del 3 de enero de 2025.
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