En julio pasado el gobierno nacional eliminó la obligatoriedad de registrar Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de especialidades agroindustriales y legumbres para quitar carga burocrática a las empresas exportadoras. Entre los productos comprendidos por la medida (la mayoría se comercializa por contenedor) se encuentran legumbres (arvejas verdes y amarillas, garbanzos, porotos blancos, negros y colorados, y lentejas), arroz (cáscara, descascarillado, semiblanqueado o blanqueado y partido) maní (confitería, partido y los demás), maíz pisingallo, aceite de maíz y afrechillo de trigo. Sin embargo, antes de la implementación de esa medida, muchos exportadores ya habían solicitado la DVJE y, por lo tanto, deben cumplir con el régimen anterior, respetando el plazo de embarque correspondiente, para evitar quedar en infracción.
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