Resolución General 14/2024 - DERÓGASE la Resolución General I.G.J. N° 14/2023. ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el artículo 178 del Anexo A de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015 por el siguiente texto: “Artículo 178.– Las disposiciones de esta Sección son de aplicación analógica, en lo pertinente, a la fusión en la que participen como fusionantes sociedades de la Sección IV, del Capítulo I, de la Ley N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias, entre sí o con sociedades del Capítulo II de la misma ley para constituir una sociedad, o en la que una o más de dichas sociedades sean incorporadas por la totalidad de su patrimonio por una sociedad, requiriéndose el acuerdo unánime de sus socios, salvo que el contrato prevea expresamente que podrá decidirse por mayoría.”
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